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La auditoría forense y su efecto panóptico

Simón Guzmán

La teoría del Panóptico fue desarrollada y contextualizada por el filósofo y economista inglés Jeremy Bentham (1748-1832), formalizada por Foucault (Vigilar y Castigar) que se basa en el diseño de un modelo penitenciario en el cual se construye un faro central o torre de vigilancia desde el cual se vigila todas las essays services celdas que se construyen a su alrededor. El prisionero sabe que puede ser observado, pero no sabe si lo es en un determinado momento, ya que su visual no permite ver a su vigilante. El vigilante no está en contacto directo con el vigilado. Así, se genera la sensación de vigilancia constante.

La mera vigilancia no tiene efecto disuasivo a largo plazo. El efecto panóptico se complementa con el “castigo” derivado de una salida de norma del prisionero y su anuncio al conjunto de prisioneros. Refuerza esto, la percepción qué sí se está vigilando, que sí se está castigando y que sí es observado, aun cuando no se note esa mirada del vigilante. La mirada permanente y la ausencia de contacto vigilante/vigilado es poder. De hecho, en ausencia de los vigilantes, la mera presencia de la torre causaba temor y por tanto un comportamiento ejemplar.

En los últimos años esta generación ha venido percibiendo cómo los factores que impulsan la corrupción y el fraude han incidido de manera importante en el ámbito económico, político y judicial, llegando a escucharse que hay una afectación importante de la institucionalidad y una percepción cada vez más acentuada del todo vale. Para ser sensatos, el fenómeno del fraude y la corrupción siempre ha existido, con menor difusión que ahora, básicamente porque antes no se contaba con los mecanismos de participación pública ni de opinión como es el acceso a las redes sociales y clusters de información especializada, lo cual hace que la sociedad actual esté obligada a desarrollar mecanismos y soluciones efectivas para la lucha contra la corrupción, factor generador de pobreza y desigualdad. 

En este ámbito, la auditoria forense y la investigación especializada cobra un papel fundamental, no sólo porque se constituye como una herramienta imprescindible para analizar indicios e identificar señales de alerta de fraude, sino para elaborar el proceso metodológico necesario para la obtención de los elementos materiales probatorios necesarios y así concluir si existe responsabilidad por parte de uno o varios funcionarios de la organización o colusión con proveedores y clientes, abuso de confianza, conflicto de interés entre otros, para finalmente cuantificar el daño económico del caso (cálculo del lucro cesante y daño emergente).

La auditoría interna, con sus procesos de revisión in situ, debería poder tener una mirada integral y generar la percepción de auto control en los elementos de la organización, pero limitantes como el tiempo, los recursos y el personal de Control Interno, hacen que su cobertura y calidad no sea la esperada en muchos casos. Ante esto es necesario que se cuente con un modelo de auditoría integral con efecto panóptico y efectividad en los procesos de control.

¿Qué se entiende por Efecto panóptico?

Los sistemas de control tradicional han hecho énfasis en la detección de irregularidades (hallazgos), equivalentes a la desviación de los actos o hechos de la norma. De manera muy tímida se exploran las causas (culturales, operativas y de oportunidad) que originan los efectos identificados en esos hallazgos. Indiscutiblemente, la percepción sobre que la mala práctica (el crimen) sí paga, debido a las pocas acciones efectivas y ejemplarizantes que se desencadenan, promueve una percepción de bajo riesgo en las decisiones y hace proclive y hasta rentable la corrupción y el fraude. Así el factor cultural promueve e incita. Reconocido el factor cultural inserto y promotor de la corrupción, el cómo atender esa condición requiere de un enfoque alterno a la vigilancia y el control.

El secreto del modelo es que el reo sabía que si actuaba de manera contraria al comportamiento aceptado en la prisión, desde la torre central podía detectarse la desviación y recibir el castigo (acción tendiente a normalizar el comportamiento). Revelado este castigo, es de esperarse un efecto disuasorio en el resto de reos, que conlleva a un “buen” comportamiento so pena de ser castigados de manera ejemplar. 

Es llamativo que las empresas cuenten con numerosos mecanismos de control internos y externos, aunque los continuos escándalos nos llevan a preguntarnos: ¿el vigilante no cumplió con su papel?

La Auditoria Forense y el castigo de prácticas en contra de la norma

Existe un modelo efectivo de actuación desde la perspectiva de la auditoria, conocida como Auditoría Forense, que está directamente relacionado con la actividad realizada por profesionales en diferentes áreas del conocimiento que, mediante su experiencia y formación, diseñan y ejecutan procedimientos de auditoria especializada para el análisis, obtención y sustentación de pruebas que dan cuenta de situaciones contrarias a la ley, así como la detección y prevención de fraudes o delitos financieros. (Lugo, 2004)

Este tipo de auditorías, que entran en acción cuando las líneas de defensa no logran evitar o mitigar la materialización de un riesgo y se presentan indicios, se convierte en un elemento estratégico de la metodología integral de auditoria, ya que apunta a probar si los indicadores de fraude detectados efectivamente se concretaron y causaron daño a la entidad.

La auditoría forense parte de información específica que dirija la atención a procesos o eventos puntuales (o generalizados), en los cuales exista mayor riesgo significativo y, por tanto, su trabajo es focalizado. Los elementos que usualmente se tienen en cuenta al momento de desarrollar la labor forense incluyen una adecuada planeación del trabajo, la elaboración de unas hipótesis de investigación relacionadas con los indicios obtenidos, la aplicación de pruebas de acuerdo con el diseño de un plan de trabajo forense, la presentación de un informe pericial que sirva de sustento ante las autoridades judiciales o al gobierno corporativo y, finalmente, la revisión de todo el proceso para mejorar o corregir debilidades en la metodología aplicada. No obstante, cada caso puntual requiere de una equilibrada evaluación del alcance y los procedimientos a desarrollar. A veces, menos, es más.

Si a pesar de los controles y mecanismos de detección, la situación o actividad ilícita logra transgredir las barreras, existe una materialización del riesgo y por tanto es necesario integrar un proceso de auditoria forense (…)

La aplicación de la metodología de control integral (control preventivo a través de las líneas de defensa, más la auditoria forense) hace que confluyan los controles de proceso, de gerencia y operativos, con el ambiente de control y la auditoria interna, que aplican sus pruebas y procedimientos de acuerdo con la activación sistemática en cada etapa del proceso. Si a pesar de los controles y mecanismos de detección, la situación o actividad ilícita logra transgredir las barreras, existe una materialización del riesgo y por tanto es necesario integrar un proceso de auditoria forense que parta de los indicios, información de medios abiertos, denuncias anónimas, investigaciones de prensa, documentos técnicos, etc. para que, mediante su propia metodología, se ejecute el proceso de investigación, análisis de situación y recopilación probatoria, para determinar el modus operandi, los presuntos responsables del hecho, el monto apropiado o desviado, el periodo en el cual se presentaron los hechos y la tipificación de los delitos o actos de corrupción.

El efecto panóptico aparece cuando los funcionarios de estas organizaciones perciben que la práctica corrupta tiene chances de ser detectada y, por tanto, podrían ser descubiertos. Esto tiene un impacto directo en la prevención, lo cual genera un comportamiento de restricción para evitar que se sigan ejecutando las actividades que llevan al daño patrimonial. De igual forma, aquellos que de alguna manera pretendían replicar la práctica al no encontrar antes una sanción, cesarán sus intenciones, lo cual obliga al método de control integral revisar constantemente sus procedimientos para adaptarse a los cambios de actuación de las personas y anticipar o prever la aparición de nuevas formas de esquilmar los recursos